Quizás una vez escuchó este término, quizás sabe a qué se refiere… más o menos… o quizás no.
Hoy en esta nueva entrada de este blog les quiero hablar sobre Salud Ocupacional. La constitución de la República de Chile contempla que “todos los trabajadores gozan del derecho a la protección de la salud”. Por ello existen leyes que estructuran el sistema nacional de seguridad y salud en el trabajo.
Bueno, precisamente la salud ocupacional tiene como finalidad proteger la salud de los trabajadores mediante la prevención y control de enfermedades y accidentes durante su jornada laboral. Es decir, es una actividad multidisciplinaria que las empresas y organizaciones en general deben desarrollar para fomentar y mantener el bienestar, tanto físico como mental y social de sus empleados, erradicando o minimizando todo tipo de riesgos a los cuales pudieran estar expuestos.
Y por lo expuesto, como la seguridad y la salud en el trabajo es un aspecto tan vital se encuentra respaldado constitucional y jurídicamente en Chile.
Entonces aquí la pregunta viene de cajón, y es saber qué responsabilidad le compete al estado de chile y qué a la empresa.
Para ello se han promulgado una serie de leyes, las cuales detallaremos a continuación.
¿Qué leyes protegen a los trabajadores en Chile?
Las principales leyes, normativas y reglamentos vigentes que estructuran el sistema nacional de seguridad y salud en el trabajo son:
1. Ley 16.744. Normas sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales
Establece las principales responsabilidades del empleador, definición de accidentes de trabajo, concepto de seguro y prestaciones del trabajador. De ésta se derivan algunos de los principales decretos que regulan la SST en Chile:
-
- Decreto Nº 40. Reglamento sobre Prevención de Riesgos Profesionales
-
- Decreto Nº 54. Aprueba reglamento para la constitución y funcionamiento de los Comités Paritarios de Higiene y Seguridad.
-
- Decreto Nº 67. Reglamento de exenciones, rebajas y recargos de la cotización adicional diferenciada.
-
- Decreto Nº 101. Aprueba reglamento para la aplicación de la Ley nº 16.744, que establece normas sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales.
-
- Decreto Nº 109. Reglamento para la calificación y evaluación de los accidentes del trabajo y enfermedades profesionales.
- Decreto Nº 110. Establece la escala para la determinación de cotización adicional diferenciada.
2. Código Sanitario
Contempla todo lo relacionado al fomento, protección y recuperación de la salud de las personas. Incluye un apartado a la higiene y seguridad del ambiente y de los lugares de trabajo. De este se desprende:
- Decreto Supremo Nº 594 aprueba el reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo. De éste han surgido varias guías técnicas y protocolos que establecen cómo abordar ciertos factores de riesgo.
3. Código del Trabajo
Exige al empleador el tomar todas las medidas necesarias para proteger eficazmente la vida y salud de sus trabajadores (Art. 184).
Las empresas o entidades a las cuales se refiere la Ley 16.744, están obligadas a adoptar medidas de higiene y seguridad en la forma, dentro de los términos y sanciones que señala esa Ley (Art. 210).
Siempre es bueno tener presentes estas normativas oficiales.
Saludos y buen fin de semana a tod@s. Cuídense.
Rodrigo Echeverría B.
Fuente: eclass mutual capacitación